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Entrevista con Renato Sales
Procurador de Justicia del Estado de Campeche “Necesaria especialización de los jueces para atender la violencia contra las mujeres y dictar órdenes de protección”.La aplicación de las órdenes de protección en casos de violencia contra las mujeres ha generado un amplio debate sobre la constitucionalidad de las mismas, mediante el cual se cuestiona si son un acto de molestia o de privación y si, al utilizarlas, se violan garantías individuales. Sin embargo, esta discusión se enfoca en la viabilidad y las condiciones necesarias para aplicarlas. Entrevistado al concluir el Seminario “Constitucionalidad de las Órdenes de Protección”, organizado por la Dirección de Equidad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Maestro Renato Sales Heredia, catedrático en el Instituto Tecnológico Autónomo de México y ex Subprocurador de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, aseguró que para lograr una mejor aplicación de estas medidas es preciso que los jueces se especialicen en la temática de la violencia contra las mujeres. “En España hay una jurisdicción específica, hay jueces de instrucción especialmente encargados de la materia de violencia contra la mujer, no de violencia familiar, sino de violencia contra la mujer. Creo que (en México) sí es necesaria una jurisdicción específica porque ayuda, no solamente en cuanto hace a la capacitación, sino a todo el proceso”. Consideró que es preciso redoblar esfuerzos para capacitar al personal jurisdiccional del Poder Judicial en materia de género y derechos humanos de las mujeres, “hay áreas en las que es necesario tener un conocimiento general pero deben especializarse, porque yo estaría seguro que si ahora se les pregunta a una buena parte del personal que integran muchísimas áreas del Poder Judicial, tanto local como federal, sobre qué es la Convención de Belem do Para, van a poner cara de que eso debe de estar en Brasil, pero fuera de eso no saben qué es”. Insistió en que capacitar al personal jurisdiccional es vital para una aplicación más efectiva de la ley, “en estos temas tienes que tener una capacitación intensiva y ágil, y para eso se necesita dinero, porque si está en la ley nada más y no hay una modificación en la estructura, de nada va a servir”. Sales Heredia subrayó que también es necesario rediseñar legal y estructuralmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el fin de establecer presupuestos que permitan su operatividad. “Hay que determinar prioridades, definir necesidades y en función de eso asignar presupuestos; y eso siempre hay que hacerlo en un procedimiento de planeación elemental que debe estar antes de la emisión de una ley. Cosa que no se hace en muchas ocasiones. Se hace la ley pensando –decía Víctor Hugo, de la Constitución de Costa Rica– pensando en una república de ángeles. No, hay que tratar de ver la realidad, ver qué es lo que es necesario y entonces asignar presupuestos específicos y eso muchas veces se olvida”, detalló. El especialista aseguró también que es necesario realizar estudios específicos para utilizar los recursos con los que se cuenta, particularmente en la Ciudad de México, “si nos ponemos a pensar, la Ley dice: los 365 días del año, en toda hora habrán juzgados civiles, penales y familiares en disponibilidad, hay que ver cómo asignamos presupuesto para que se estén realmente atendiendo las necesidades de las víctimas. Vincularse también con coordinaciones territoriales, ver estadísticamente cuál es la necesidad y asignar presupuesto”. Cuestionado sobre si las órdenes de protección son equiparables a las medidas de acción afirmativa a favor de las mujeres, el especialista respondió que en tanto la violencia es una cuestión sociohistórica producto de la desigualdad entre hombres y mujeres, podrían interpretarse como tales, “es la perspectiva de género; no se trata de decir que somos iguales hombres y mujeres o desiguales hombres y mujeres, no. Hay una cuestión que responde a circunstancias específicas de las comunidades, a circunstancias socioculturales de los pueblos que hay que reconocer, como lo reconoce España misma, como se reconoce en Estados Unidos”. A la pregunta de si en un escenario de mayor equidad, estas medidas ya no serían justificables, contestó que “mientras las circunstancias culturales y sociohistóricas acontezcan tal como están en este momento, se justifican. Ojalá que no fueran necesarias, por supuesto; ojalá que no existiera violencia contra las mujeres, ojalá que no existieran homicidios, ojalá que no existieran violaciones”. Renato Sales reconoció el esfuerzo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al promover la incorporación de la perspectiva de género en las labores jurisdiccionales y administrativas, “es fundamental que el Poder Judicial Federal, que la Suprema Corte de Justicia toque estos temas, porque además de ser el máximo tribunal del país, está vinculándose necesariamente con todas las instancias locales, con los tribunales superiores de justicia, con los juzgados de instancias, a través del juicio de amparo, indirecto y directo, y a través, por supuesto, de las acciones de inconstitucionalidad y de las controversias constitucionales”. |
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