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En 2005, una persona del sexo masculino a quien se le había diagnosticado médicamente un estado intersexual denominado “seudohermafroditismo femenino” y quien se sometió a una cirugía de reasignación sexual, debido a que la mayor parte de su vida la había vivido como mujer, interpuso una demanda de rectificación de acta de nacimiento para que se le expidiera una nueva en donde apareciera su nombre de mujer y su sexo femenino.
En la primera instancia judicial se le concedió el cambio de nombre y de sexo, pero no la expedición de una nueva acta, sino la anotación marginal correspondiente en la existente. En apelación se confirmó dicha sentencia.
El quejoso promovió un amparo directo por considerar que la anotación era violatoria de sus garantías porque cualquier persona podría conocer su pasada identidad. El recurso fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien le dio la razón al quejoso, ordenando se le expidiera una nueva acta de nacimiento con los cambios solicitados. |