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¿Quiénes son las mujeres?

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Las diferentes teorías feministas han tenido como principal preocupación a la mujer, y sus propuestas han estado encaminadas a mejorar su situación de desventaja en los campos social, económico, político, jurídico, familiar y simbólico [1]. Considerando los enfoques de género, su objeto de estudio y su foco de reivindicación ha sido también, en gran medida, la mujer y lo femenino, dada la tradicional degradación social de ambos conceptos. Es decir, es casi imposible hablar de feminismo o de género y no abordar a la mujer. Desde las sufragistas del siglo XIX hasta las feministas postmodernas del siglo XX, la mujer ha sido el centro de la agenda. Pero, durante los primeros tiempos, su significado permaneció incuestionado: cuando se hablaba de ella, se asumía que existía y se sabía quién era, sin jamás definirla. Hasta que en décadas recientes inició la crítica sobre quién es la mujer y se cuestionó el ideal universal de mujer. [2]

Cuando se analizan los discursos, las preocupaciones y las disputas de las primeras luchas feministas, el concepto de mujer respondía a un cierto tipo de mujer: generalmente una mujer urbana de raza blanca, heterosexual, educada formalmente y socioeconómicamente privilegiada. Al menos, en el feminismo estadounidense, la crítica de la parcialidad de la lucha “a favor de las mujeres” y la evidencia de la invisibilización de la diferencia provino principalmente de dos frentes: el de las mujeres afroamericanas y el de las mujeres lesbianas. Ambas reclamaron al feminismo proclamar que sus consternaciones eran las de todas las mujeres. Rechazaron que alguien que no vivía ni experimentaba su particularidad hablara en nombre de todas. Dejaron claro que la forma de experimentar la “opresión del género” no es igual si una es una mujer blanca o negra; si es pobre o rica; heterosexual u homosexual.

En Estados Unidos, el feminismo crítico de raza, por ejemplo, dejó en claro que la discriminación es compleja y se vive en tanto una es mujer y es negra. [3] Así, se dedicó, en un principio, a visibilizar cómo ciertas normas ignoran la discriminación tan particular que sufren las mujeres negras. La legislación en contra de la discriminación laboral, en específico, permitía entablar una demanda por discriminación por género o por raza. La forma en la que estaba pensada la ley era como si se tratara de dos fenómenos distintos. Este feminismo se dedicó a mostrar cómo las mujeres negras, en específico, sufren en tanto mujeres-negras, por lo que la legislación anti-discriminación terminaba por excluir su opresión. A este feminismo se le debe, en gran parte, el interés por estudiar cómo interactúan el género, la raza y la clase. De aquí se ha desprendido la hoy llamada interseccionalidad: una herramienta que pretende “revelar las varias identidades, exponer los diferentes tipos de discriminación y desventajas que se dan como consecuencia de la combinación de identidades”. [4]

En México, estas reflexiones son fundamentales cuando se considera la importancia que tiene la clase, la etnia y la raza en la experiencia de la opresión, además del género. Al respecto, tres de los casos que, en esta materia, han llegado a instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos: González y otras vs. México (Campo Algodonero), [5] Rosendo Cantú y otras vs. México [6] y Fernández Ortega y otros vs. México, hacen referencia a esta complejidad. [7]

En el primer caso, además de la condición de mujeres de las víctimas, están –siempre presentes– los factores de clase y condición social: ¿a qué tipo de seguridad pueden aspirar las mujeres pobres? ¿A qué tipo de trabajos? ¿Cuáles son las condiciones en las que viven que propician la violencia? ¿En qué se asemeja y en qué se distingue, por ejemplo, la violencia sexual que sufre una mujer blanca de clase alta por parte de su marido y la que sufre una trabajadora doméstica a manos de su empleador? ¿En qué coincide o difiere la violencia que sufren las mujeres universitarias que son asaltadas sexualmente en sus autos en zonas privilegiadas de una ciudad, y la que sufren las mujeres que tienen que caminar por las calles y tomar el transporte público para llegar a la fábrica?

De la misma manera, los casos de Rosendo Cantú y Fernández Ortega obligan a pensar en las mujeres indígenas y cómo ellas padecen y enfrentan la violencia sexual. ¿Es lo mismo un juicio por violación para una mujer que tiene acceso –tanto por dinero, como por geografía– a atención médica, que para una mujer que tiene que recorrer kilómetros para encontrar el hospital más cercano? ¿El impacto de una violación es igual para una mujer que, además de lidiar con los trastornos en su cuerpo y su mente, tiene que enfrentar a una comunidad que la rechaza, dada su concepción sobre la sexualidad femenina? De acuerdo con los feminismos de la diferencia, estas preguntas sólo pueden pensarse desde el margen y, desde ahí, ser respondidas. Los feminismos minoritarios invitan siempre a aclarar y a ser siempre específicos: cuando se habla de la mujer, ¿de qué mujer se está hablando?

Foto: Laila Laquebaila
Fuente: http://imow.org/wpp/stories/viewStory?language=es&storyid=113

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